sábado, 18 de octubre de 2014

¿CUAL ES EL LIMITE QUE DEBE TENER LA LIBERTAD DE EXPRESION?

Cuando la mentira es la verdad.

La Libertad de expresión tiene un valor intrínseco para quien la ejerce, pudiendo sus ideas y opiniones compartirlas con sus semejantes; es que la diversidad de opinión y el debate siempre benefician directamente a quienes participan y en consecuencia enriquecen a toda una sociedad.

Es un derecho fundamental contemplado en todas las Constituciones de los sistemas Democráticos del mundo; pero el ejercicio de la libertad de expresión tiene una contraparte, que requiere de un ejercicio responsable de este derecho, y una preocupación por la verdad. Ya que la libertad de expresión es un concepto que se aplica a individuos, es el derecho de expresar verbalmente o por escrito, cualquier pensamiento u opinión, positivo o negativo sobre algo o alguien; permitiendo con la más absoluta libertad criticar y decir, bienvenido que así sea.

Esta semana  la “Revista Barcelona” editada en la Republica Argentina, publico una tapa donde se lo ve al Papa Francisco pintado de mujer y con el título de "Putazo", y otros conceptos que no voy a reproducir, en clara relación sobre el debate que abrió la Iglesia Católica sobre la homosexualidad, sumado a ello, a posteri la Directora de Barcelona Ingrid Beck con argumentos banales intento en distintos reportajes, justificar y defender la forma en que la noticia fue abordada, “el absurdo y el humor acido” fueron mencionados según su relato como una característica y un estilo editorial. A mi interpretación semejante falta de respeto, no tiene ninguna otra justificación posible que un expreso pedido de disculpas. Es que no es cuestión de tener o no tener sensibilidad religiosa, tampoco es cuestión si nos sentimos con vergüenza ajena por lo sucedido con el Santo Padre, la cuestión es que ningún derecho es absoluto, ningún derecho o libertad tiene un carácter absoluto en cuanto a su ejercicio. En el mundo del Derecho se conoce esa máxima de que el hecho de gozar de ese derecho o libertad no me legitima para hacer lo que me plazca frente a los demás, en este caso ningún rédito comercial de producto alguno, como esta “Revista amarillista” justifica sus métodos.

Libertad de prensa no es lo mismo que la libertad de expresión, la libertad de prensa es una cosa muy distinta porque se aplica a medios de comunicación y no a individuos como me refería al comienzo de la nota. Existe una coexistencia de derechos y obligaciones de conciencia y responsabilidades para él o quienes la ejercen; si bien la reforma de la Constitución Nacional del año 1994 por disposición del articulo 75 inc. 22 incorporo una serie de tratados internacionales que adquirieron jerarquía constitucional conformando un bloque de constitucionalidad, que han permitido formalmente el reconocimiento del derecho a la libertad de expresión en un sentido más extensivo, comparado al de la C.N. de 1853; y la comunidad internacional ha reconocido a la libertad de expresión y la libertad de información como algunos de los más importantes derechos humanos, sosteniendo con contundencia que la libertad de expresión debe ser la regla; hay excepciones como en toda regla, y son las limitaciones solamente permitidas para proteger: los derechos o reputaciones de los demás, la seguridad nacional, el orden público, la salud pública y la moral; estos límites a la libertad de expresión se aplican cuando entra en conflicto con otros valores o derechos, como interpreto seria este caso.

Conclusión

El daño ya está hecho, y seguramente nada en esa “Revista” va a cambiar, como tampoco pedirán disculpas ya que son “humoradas acidas” según manifestó livianamente su Directora. Ninguno de nosotros somos perfectos tampoco lo son en consecuencia los medios de comunicación social, pero seguramente aunando voluntades y repudiando con energía públicamente hechos vergonzosos como este, podremos lograr que hagan más bien, y mucho menos mal del que ahora hacen.

No hay comentarios:

Publicar un comentario